lunes, 29 de noviembre de 2010

PADRES CULPABLES

PADRES CULPABLES

En lo que va de año son ya 64 las mujeres asesinadas…
Vaya por delante mi más absoluta condena a todo tipo de violencia, y no sólo la de género, aunque ésta última suponga un especial reproche.
El pasado viernes, 25 de noviembre, se celebró el Día Internacional contra la Violencia de Género, con multitud de actos a lo largo y ancho de todo el país y en los que participaron personas de todo tipo y clase en lo que aparece como un clamor popular, similar al de la lucha antiterrorista.
Ambos casos tienen el común denominador de la lucha popular contra la violencia, donde aparece un problema perfectamente delimitado y una serie de culpables apuntados por los dedos de toda la sociedad. Pero hay un aspecto fundamental que diferencia un caso de otro: en el caso de la lucha contra la violencia de género el dedo apuntador de dirige a un colectivo, el masculino, susceptible de ser víctima de lo que la generalización produce.
El día de ayer el Consejo de Ministros ha aprobado la modificación del artículo 92 del Código Civil para que aquellos que estén inmersos en un proceso penal por violencia de género no puedan ejercer la custodia individual de los hijos cuando estén también involucrados en un proceso de separación o divorcio. Reforma necesaria porque con la anterior regulación se daba la paradoja de que, si bien no era posible, en esos casos, la custodia compartida, no existía obstáculo legal para la obtención de la custodia individual. Y todo lo anterior unido a alguna reforma más que no viene sino a dar mayor protección a un sector de la sociedad especialmente necesitado de ella como es el de las personas maltratadas.
Pero hay algo en lo que no consigo estar de acuerdo: la asimilación del concepto de violencia de género con el de violencia machista, que queda plasmado en el slogan  de este año “saca tarjeta roja al maltratador”.
Es meridianamente cierto que casi la totalidad de los casos de violencia de este tipo tienen lugar por parte del hombre sobre la mujer. Pero no lo es menos que existen otros casos. Y tampoco lo es que en la sociedad actual no todas las parejas son de hombre-mujer.
El hecho de que en el actual artículo 153 del Código Penal tiene lugar una diferenciación entre el hombre y la mujer, convirtiendo en delito una conducta únicamente si tiene lugar por parte del primero sobre la segunda, pero no al revés, como si los sujetos fuesen más importantes que el hecho en sí.
Y este es el problema de la generalización.
Problema como fuente de problema, porque esta sobreprotección del género femenino que está teniendo lugar puede dar lugar una mala praxis por aquellas que se ven sobreprotegidas. Todavía recuerdo el caso de una jueza de Cataluña duramente criticada por la opinión pública por procesar a una mujer por una falsa denuncia de malos tratos.
Y la pregunta es la siguiente: ¿es necesario el otorgamiento de esa especie de “carta blanca “? Y si lo es, ¿no habría que concederla a cualquier persona especialmente vulnerable, con independencia de su condición de hombre o mujer?

1 comentario:

  1. Padres y madres, hermanos, maestros, sociedad ... y casi siempre por ese orden, somos culpables de la locura que se sigue viviendo..... Lo vemos en todas las sociedades: la transmisión de la cultura se hace básicamente a través de padres y madres. Por mucho que se luche social y educativamente contra eso, siempre el efecto de la teoría será menor que el efecto del ejemplo.

    ResponderEliminar